lunes, 21 de marzo de 2011

ELECCIONES MUNICIPALES 2011- INFORMACIÓN AL CIUDADANO DEL AYUNTAMIENTO DE LA NUCÍA



¿Quién puede votar en las próximas elecciones locales?
Todas las personas mayores de edad, con nacionalidad española, los ciudadanos de los estados miembros de la Unión Europea y otros países con acuerdos a los que se les reconozca ese derecho.
Los requisitos para los ciudadanos de la Unión Europea son: estar empadronado en el municipio en que pretende ejercer su derecho de voto y estar inscrito en el Censo Electoral de Residentes Extranjeros (CERE).
Su ayuntamiento mantendrá un servicio de exposición de listas desde el 4 al 11 de Abril, ambos inclusive, donde Vd. podrá comprobar sus datos en el Censo Electoral.   

El día de las elecciones, domingo día 22 de mayo
A partir de la convocación de las elecciones municipales, el día 29 de marzo de 2011, la Oficina del Censo Electoral envía a cada elector una tarjeta censal en el que constan los datos de la inscripción, la  mesa electoral y sección. Es importante reseñar que esta tarjeta censal no sirve para acreditar la identidad del votante por lo que será preciso utilizar  alguno de los siguientes documentos: pasaporte, carné de identidad nacional o carné de conducir español. ¡Una copia no es válida!
El 22 de mayo, los colegios electorales permanecerán abiertos desde las 9:00 hasta las 20:00 horas. En los colegios electorales dispondrán de papeletas de todas las candidaturas y sobres. Las cabinas sirven para preservar la confidencialidad de la elección. El elector pondrá una papeleta de su candidatura preferida en el sobre y se acerca a la mesa donde el presidente acreditará su identidad por alguno de los documentos, arriba mencionados.
Son votos nulos, los emitidos en el sobre que contenga más de una papeleta si son de distintas candidaturas, las papeletas en las que se hubieren modificado, añadido o tachado nombres de candidatos y los emitidos en sobre o papeleta diferentes  al modelo oficial.

El voto por correo.
En el caso que prevea que el día de la votación se va encontrar ausente de su localidad, podrá solicitar el voto por correo. Para ello deberá  emitir una solicitud a la delegación provincial del Censo Electoral en un impreso que le será facilitado desde el 29 de marzo hasta el 12 de mayo en cualquier oficina de correos.
Una vez realizada esta solicitud, la oficina del censo electoral remitirá por correo certificado entre el día 2 y 15 de mayo las papeletas y los sobres electorales, un certificado de inscripción en el censo y un sobre en el que figurará la dirección de la mesa donde le corresponde votar. Una vez que el  elector haya escogido la papeleta de voto, la introducirá en el sobre de votación y lo cerrará. Después, el elector introducirá el sobre de votación y el certificado en el sobre dirigido a la mesa y lo remitirá por correo certificado antes del día 18 de mayo. Este sobre no necesita franqueo. Una vez que el votante haya solicitado el voto por correo, no podrá votar personalmente el día 22 de mayo.   
Recuerde: votar es importante para decidir el futuro de tu municipio. ¡Cada voto cuenta!

OMAE - Oficina Municipal de Atención al Extranjero del Ayuntamiento de La Nucía
Teléfono 96687 54 10

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